Sentencia pronunciada por la Sala Político-Administrativa del T.S.J. de fecha 29.06.2005

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Sentencia pronunciada por la Sala Político-Administrativa del T.S.J. de fecha 29.06.2005

“En sentencia pronunciada por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justica de fecha 29 de junio de 2005, el máximo Tribunal ratificó el principio de la Libertad de Pruebas contemplado en el artículo 395 del Código de Procedimiento Civil, extensible a los procedimientos Contencioso-Tributarios en base al artículo 156 del C.O.T.

Esta decisión, mas que estar dirigida a los jueces de la jurisdicción contencioso tributaria, está destinada a ser aplicada en sede Administrativa, que es donde suelen cometerse desaciertos que culminan en la sede jurisdiccional. Así, pues, tengan en cuenta los funcionarios de la administración tributaria que deben abstenerse de formular reparos fundamentados en la calidad “formal” de la prueba aportada por el contribuyente, sin un análisis de fondo que respalde su rechazo.”

Dr. Pedro A. Sarmiento Sosa