Algunas sentencias del TSJ sobre arbitraje comercial específicamente en materia de arrendamiento

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Algunas sentencias del TSJ sobre arbitraje comercial específicamente en materia de arrendamiento

 

  • Sala Político Administrativa, Magistrado: Levis Ignacio Zerpa, Partes: los abogados Martiza Rodríguez García y Pastor Rodríguez García, apoderados judiciales del ciudadano Ayoub Bou Assaf, contra la sociedad mercantil la Media Manzana de Punto Fijo, C.A. Fecha: 11 de diciembre 2001, Exp. 2001-0813 – Sentencia 02924.http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/diciembre/02924-111201-01-0813.htm.  No es posible la inclusión de una cláusula de arbitraje por medio de la cual las partes se obligan a someter sus controversias a un árbitro arbitrados, quien de conformidad con lo dispuesto en el artículo 618 del Código de Procedimiento Civil puede dirimir el conflicto con entera libertad, según le parezca más conveniente al interés de las partes sin tener que observar las disposiciones de derecho.

  • Sala Político Administrativa, Magistrado: Yolanda Jaimes Guerrero, Partes: Los abogados Iliana Sosa Alamo y Jaime Elíaz Benazar Andrade apoderados judiciales de lasociedad mercantil Inversiones tata 88, CFA contra la Sociedad Mercantil Inversiones Karma Shop 2000, C.A. Fecha: 05 de febrero de 2003, Exp. 00159 – Sentencia 00159,http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/febrero/00159-050203-2002-0235.htm. No es posible en un contrato de arrendamiento la inclusión de una cláusula de arbitraje por medio de las cual las partes se obligan a someter sus controversias a un árbitro, ya sea de derecho o de equidad.

  • Sala Político Administrativa, Magistrado: Yolanda Guerrero, Partes: Los abogados Generoso Mazzocca Medina, Josefina Varela Quintero, Nayadet C. Mogol´´on Pacheco y Adriana Ortega  Ruzza contra la Sociedad Mercantil Central Parking System Venezuela, S.A., Asunto: Resolución de contratos de arrendamiento. Fecha: 14 de abril de 2004, Exp. 2003-1539 – Sentencia 00336, http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/abril/00336-140404-1539.htm. Para declarar la procedencia de la excepción del acuerdo arbitral la conducta de las partes en disputa debe estar orientada a un inequívoca voluntad de sometimiento al arbitraje, es decir, las conductas efectuadas por los demandados deben dirigirse a evidenciar en todo momento, durante el proceso, que su voluntad era de someterse al arbitraje, tal como lo disponía la cláusula.

  • YERBABUENA CAFÉ & BAR C.A. Vs INVERSIONES 0220 C.A. Edo. Aragua. Arrendamiento inmobiliario. Ponente: Zerpa. Recurso de regulación de jurisdicción.

  • Jurisdicción Arbitral. No en arrendamientos. Porque los procedimientos de la Ley de Arrendamientos Urbanos como toda la Ley es de Orden Público y no son derogables. Ponente: Zerpa. Partes: Ayoub Bou Assaf vs. La Media Manzana de Punto Fijo CA. Fecha: 6 de Diciembre de 2001.

  • En materia de controversias sobre arrendamient no es posible el sometimiento a la jurisdicción arbitral por razón de ser de orden público la materia de arrendamiento. SPA. Ponente: Zerpa. Partes:Plaza Suites I CA vs. CODEMAR CA. Fecha decisión: 22 de Enero de 2004. Fecha publicación: 27 de Enero de 2004.

Fuente: Internet y Libro: Arbitraje comercial interno e internacional - Reflexiones teóricas y experiencias prácticas. Serie Eventos 18, Academia de Ciencias Políticas y Sociales. Caracas 2005.